JUSTICIA Y EDUCACIÓN

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domingo, 19 de abril de 2015

MODELO DE QUEJA POR DEMORA EN TRAMITE ADMINISTRATIVO

SUMILLA: PRESENTA QUEJA POR      
                   DEFECTO DE TRAMITACIÓN





SEÑOR DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL Nº 0......



            M................................., con D.N.I. ................., Profesor del   C.E.B.A.N° ..................... UGEL 0..., con domicilio en .................................. Distrito ....................., ante usted me presento y digo:

                        Que en virtud del presente escrito, interpongo QUEJA ADMINISTRATIVA POR EL DEFECTO DE TRAMITACIÓN incurrido en el Expediente Nº 052947-201...  de fecha 30 de noviembre del 201............ con el fin de que su despacho disponga la subsanación de la debida tramitación del procedimiento administrativo.

I.- FUNDAMENTOS DE HECHO:
1.    Que, el defecto de tramitación que informo consiste en la demora por resolver mi solicitud de Reintegro de Bonificación por Preparación de Clases y Evaluación, en la tramitación del Expediente Nº ..............-201.......de fecha 30 de noviembre de 201......., que habiendo transcurrido más de .......meses no han resuelto mi petición.
2.    Que al haber efectuado el seguimiento y preguntado en mesa de partes  sobre mi expediente Nº 052947-201.......... de Reintegro de Bonificación por Preparación de Clases y Evaluación solicitud de cumplimiento de resolución de fecha 30 de noviembre del 201....., el sistema Lotus informático consigna que fue derivado a la oficina de escalafón con el especialista ............... , que hasta el momento a pesar de haber  transcurrido más de ...................... ,el mencionado especialista no resuelve  lo peticionado ,que evidencia falta administrativa tal como lo señala la Ley de Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444 en el Artículo Nº 239 Numeral 2 , 3,7   .Que conlleva a la  vulneración de mis derechos consagrados en la Constitución Política del Estado y demás normas legales vigentes concordantes.
3.    Que la conducta descrita en los numerales anteriores infringe el Artículo Nº 131 de la Ley Nº 27444, de Procedimiento Administrativo General en cuanto dispone la obligatoriedad de plazos y términos para resolver los tramites en las entidades públicas.
4.    Que al no haber tramitado oportunamente y dentro de los plazos que señala la Ley del Procedimiento Administrativo General -  Ley Nº 27444  y el TUPA de la UGEL 0... la oficina de Escalafón y el servidor ................. -a quien derivaron mi expediente - ha trasgredido e incumplido los Principios Éticos del Servidor Público señalados en el Artículo 6º y ha trasgredido los Deberes de la Función Pública establecidos en el Art. 7 de la Ley Nº 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública. Con la subsiguiente responsabilidad pasible de sanción tal como lo manda el Artículo 10º Inciso 1 de la precitada norma.
5.    Que el tiempo transcurrido sin resolver lo peticionado constituye incumplimiento de sus deberes y obligaciones inherentes al cargo de servidor público de la Oficina de Escalafón.

II.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Fundamento mi solicitud en lo dispuesto en los siguientes dispositivos legales:
  1. Artículo Nº 143 de Ley Nº 27444, de Procedimiento Administrativo General, que señala literalmente la responsabilidad por incumplimiento de plazos, que en el Inciso 143.1 dice: El incumplimiento injustificado de los plazos previstos para las actuaciones de las entidades genera responsabilidad disciplinaria para la autoridad obligada, sin perjuicio de la responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudiera haber ocasionado. Así mismo el Artículo precitado señala en el Inciso 143.2: También alcanza solidariamente la responsabilidad al superior jerárquico, por omisión en la supervisión .si el incumplimiento fuera reiterativo o sistemático.  
  2. Artículo Nº 158 de Ley Nº 27444, de Procedimiento Administrativo General, de acuerdo al cual los administrados tiene la facultad  de presentar quejas administrativas ante las autoridades jerárquicamente superiores por los defectos  de tramitación en que incurran sus subalternos.
  3. Artículo Nº 239  Faltas Administrativas Ley Nº 27444, de Procedimiento Administrativo General que señala los siguientes:
Numeral 2: No entregar, dentro del término legal, los documentos recibidos a la autoridad que deba decidir u opinar sobre ellos.
Numeral 3: Demorar injustificadamente la remisión de datos, actuados o expedientes solicitados para resolver un procedimiento o la producción de un acto procesal sujeto a plazo determinado dentro del procedimiento administrativo.
Numeral 7: Dilatar el cumplimiento de mandatos superiores o administrativo o contradecir sus decisiones.

          
POR ESTAS CONSIDERACIONES: Solicito a su honorable despacho:
1º.  Se inicien las respectivas acciones de verificación de la conducta funcional del o los responsables de la oficina de escalafón que denuncio tomándose en consideración que los plazos de ley ya se encuentran por demás vencidos para resolver lo peticionado por la recurrente.
2º.  Se disponga la subsanación de la desviación materia de la presente queja y de concluirse en la existencia de indicios de responsabilidades, se disponga lo necesario para el inicio del expediente de substanciación para su determinación en la vía que corresponda.
  

POR TANTO:
Señor Director, tenga por presentado mi queja y proveer de acuerdo a Ley.

OTROSI DIGO:
-Adjunto copia del cargo del Expediente Nº052947

                                              

Lima,............de .............  del  201.....





                                           
               …………………………………………………………..
                       
                              D.N.I.          


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